La audiencia provincial confirma el sobreseimiento por delitos de estafa, administración desleal y corrupción en los negocios

Por Ernesto Díaz-Bastien

LA AUDIENCIA PROVINCIAL CONFIRMA EL SOBRESEIMIENTO POR DELITOS DE ESTAFA, ADMINISTRACIÓN DESLEAL Y CORRUPCIÓN EN LOS NEGOCIOS.

En este procedimiento, EDBA ha defendido los intereses de varios comerciales de una empresa a quienes se acusaba, junto a otras personas, de haber participado en delitos de estafa, administración desleal y corrupción en los negocios, en perjuicio de la empresa empleadora y en beneficio de una competidora.

Como pone de manifiesto la Audiencia Provincial, en la querella presentada contra nuestros clientes se afirmaba que una serie de empleados, a espaldas de los máximos responsables de la compañía, habían planificado el desvío del negocio hacia una empresa competidora a un precio muy por debajo del de mercado.

Sin embargo, culminada la instrucción, “lo cierto es que no se ha acreditado que los servicios se prestaran a precios inadecuados”, mantiene la Audiencia Provincial. Conclusión soportada por el informe de un perito judicial “al que hay que presumir objetividad e independencia”, quien “dio respuesta técnica a las complejas cuestiones económicas que se planteaban en este procedimiento”.

Como se sostuvo durante la instrucción, “sólo cabe estimar que las operaciones analizadas no eran ilógicas según la práctica del sector ni la propia estrategia empresarial de la querellante” y, de hecho, “se realizaron en beneficio” de ésta, concluye la Audiencia Provincial.

A lo largo de la instrucción se logró acreditar que la compañía recurría a empresas del sector “para no generar mayores pérdidas a la sociedad y recuperar, por lo menos, el coste de adquisición”, minorando las pérdidas que la no colocación del producto podía suponer. Como señala la Audiencia Provincial, este era precisamente uno de los objetivos del equipo comercial, “reducir a toda costa el porcentaje de inventario invendido, fijado por la alta dirección de la compañía”.

Por último, la Audiencia Provincial señala que resulta “inverosímil” la realización de dichas ventas “sin que la dirección financiera o el consejero delegado se percaten”, por lo que confirma el sobreseimiento y archivo de actuaciones previamente acordado por el Juzgado de Instrucción a favor de nuestros clientes.

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