I. Resumen del Caso
EDBA representó los intereses de varios comerciales de una empresa a quienes se acusaba, junto a otras personas, de haber participado en delitos de estafa, administración desleal y corrupción en los negocios, en perjuicio de la empresa empleadora y en beneficio de una competidora.
II. Hallazgos de la Audiencia Provincial
La Audiencia Provincial, examinando la querella contra los clientes de EDBA, encontró alegaciones de que varios empleados habían planeado desviar el negocio a un competidor a un precio muy por debajo del valor de mercado. Sin embargo, tras la conclusión de la instrucción, el tribunal declaró: «lo cierto es que no se ha acreditado que los servicios se prestaran a precios inadecuados». Esta conclusión fue respaldada por el informe de un perito judicial, considerado objetivo e independiente, ofreciendo respuestas técnicas a las complejas cuestiones económicas planteadas en el caso.
III. Prácticas Estratégicas de Negocios Justificadas
Durante la instrucción, se estableció que «las operaciones analizadas no eran ilógicas según la práctica del sector ni la estrategia empresarial de la querellante» y, de hecho, «se realizaron en beneficio» de esta, concluye la Audiencia Provincial. Se demostró que la empresa recurrió a negocios del sector «para no generar mayores pérdidas a la sociedad y recuperar, al menos, el coste de adquisición», minimizando así las pérdidas que podría suponer la no colocación del producto. La Audiencia Provincial señaló que este era precisamente uno de los objetivos del equipo comercial, «reducir a toda costa el porcentaje de inventario invendido, fijado por la alta dirección de la compañía».
IV. Improbabilidad de Ventas no Autorizadas
Por último, la Audiencia Provincial mencionó que resulta «inverosímil» que se realizaran dichas ventas «sin que la dirección financiera o el consejero delegado se percatasen», confirmando así el sobreseimiento y archivo de actuaciones previamente acordado por el Juzgado de Instrucción a favor de los clientes de EDBA.
Este caso subraya la importancia de una evaluación exhaustiva y objetiva en los procedimientos legales, particularmente cuando se cuestionan transacciones económicas complejas, y reafirma el principio de presunción de inocencia hasta que se demuestre lo contrario.